El Gobierno dio detalles del documento que deberán portar las personas para trasladarse durante la cuarentena. Cómo realizar la petición y quiénes están exceptuados.
Los últimos días del primer tramo de la cuarentena estarán marcados de fuertes controles. Los trabajadores que están exentos de mantenerse cumpliendo el Aislamientos Social y Obligatorio deberán presentar un certificado que les permita la libre circulación por la vía pública.
El personal funerario, de la obra pública, transporte; lavandería; vigilancia; producción, venta y reparto domiciliario de alimentos o productos de higiene, entre otros- sólo podrán «validar esta situación» tramitando el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19.PUBLICIDAD
«Establécese que, a partir del 6 de abril de 2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 6° del Decreto Nº 297/20, sus normas modificatorias y complementarias (…) será el ‘Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID 19», dice en su artículo primero la Resolución Administrativa 446/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.